Después de casi dos meses de la negativa del papa Francisco a responder, los cardenales han publicado su carta
INTRODUCCIÓN DE CATOLICIDAD:
Luego de publicada la exhortación apostólica post-sinodal «Amoris laetitia» sobre el amor en la familia, surgió un gran desconcierto en toda la Iglesia, particularmente en lo que se refiere al capítulo octavo y de manera especial los párrafos 300-305. Muchos -tratándose de un documento que no cubre las condiciones para ser infalible- lo consideran, en esos puntos, contradictorio con la doctrina perenne e infalible de la Iglesia Católica y con su consecuente praxis pastoral, por lo cual se oponen al mismo apelando a toda la doctrina precedente e inmutable de la Iglesia. Otros, consideran que tales aspectos solo son muy ambiguos y que han sido -por lo mismo- mal interpretados y consideran que deben entenderse a la luz de la Tradición y que puede forzarse su interpretación de una manera ortodoxa. Los sectores modernistas han reconocido la contradicción doctrinaria pero la consideran una "superación" y un supuesto "avance" (aunque sea contrario a la doctrina infalible de la Iglesia que no puede sufrir modificación por ser inmutable), lo digan o no con estos conceptos. Lo más grave ha sido que el documento de los obispos argentinos ha seguido esta última línea (de ruptura con la doctrina católica) con el apoyo de Francisco.
Mostrando gran preocupación por los fieles y por la Iglesia, cuatro cardenales han enviado el 19 de septiembre de 2016 (y publicado recientemente) una carta al Santo Padre bajo la forma de «dudas», esperando recibir claridad, dado que la duda y la incertidumbre han sido siempre altamente perjudiciales para la atención pastoral. Estas preguntas están formuladas de tal manera que requieren «sí» o «no» como respuesta y siguen una praxis secular de dirigirse respetuosamente a la Sede Apostólica, por lo que solicitan al papa Francisco "confirmar a sus hermanos en la fe", para que dirima las incertidumbres y clarifique la doctrina conforme a la fe católica. Los cardenales Walter Brandmüller, Raymond L. Burke, Carlo Caffarra y Joachim Meisner recuerdan que la encíclica «Veritatis Splendor» de Juan Pablo II "enseña que hay acciones que son siempre malas, que están prohibidas por las normas morales que obligan sin excepción («absolutos morales»). Estos absolutos morales son siempre negativos, es decir, nos dicen qué es lo que no debemos hacer: «no matar», «no cometer adulterio». Sólo las normas negativas pueden obligar sin excepción alguna".
ENVIADA AL SANTO PADRE EL 19 DE SEPTIEMBRE
Cuatro cardenales hacen pública su petición al Papa de aclaraciones sobre Amoris Laetitia
Los cardenales Walter Brandmüller, Raymond L. Burke, Carlo Caffarra y Joachim Meisner, han hecho pública la carta que entregaron al papa Francisco y al cardenal Müller, Prefecto de Doctrina de la Fe, en la que piden aclaraciones sobre la exhortación apostólica Amoris Laetitia. El Papa ha decidido, al menos por el momento, no responder.
(InfoCatólica) Los cardenales constatan que se ha producido grave desconcierto en muchos fieles y una gran confusión respecto a cuestiones muy importantes para la vida de la Iglesia. Además aseguran que su iniciativa parte de una profunda preocupación pastoral. El nuestro es, pues, un acto de justicia y de caridad.
De justicia: con nuestra iniciativa profesamos que el ministerio petrino es ministerio de unidad, y que a Pedro, al Papa, le compete el servicio de confirmar en la fe.
De caridad: queremos ayudar al Papa a prevenir divisiones y contraposiciones en la Iglesia, pidiéndole que disipe toda ambigüedad.
El Papa no ha respondido. Asi lo explican los cardenales:
El Santo Padre ha decidido no responder. Hemos interpretado esta decisión soberana suya como una invitación a continuar la reflexión y la discusión serena y respetuosamente.
Es por eso que informamos de nuestra iniciativa a todo el pueblo de Dios, ofreciendo toda la documentación.
Estas son las cinco dudas que los cardenales piden al Santo Padre que aclare:
Se pregunta si, según lo afirmado en «Amoris laetitia» nn. 300-305, es posible ahora conceder la absolución en el sacramento de la Penitencia y, en consecuencia, admitir a la Santa Eucaristía a una persona que, estando unida por un vínculo matrimonial válido, convive «more uxorio» con otra, sin que se hayan cumplido las condiciones previstas por «Familiaris consortio» n. 84 y luego confirmadas por «Reconciliatio et paenitentia» n. 34 y por «Sacramentum caritatis» n. 29. La expresión «en ciertos casos» de la nota 351 (n. 305) de la exhortación «Amoris laetitia», ¿puede aplicarse a divorciados que están en una nueva unión y siguen viviendo «more uxorio»?
¿Sigue siendo válida, después de la exhortación post-sinodal «Amoris laetitia» (cfr. n. 304), la enseñanza de la encíclica de san Juan Pablo II, «Veritatis splendor» n. 79, fundamentada en la Sagrada Escritura y en la Tradición de la Iglesia, respecto a la existencia de normas morales absolutas, válidas sin excepción alguna, que prohíben acciones intrínsecamente malas?
Después de «Amoris laetitia» n. 301, ¿es posible afirmar todavía que una persona que vive habitualmente en contradicción con un mandamiento de la ley de Dios, como por ejemplo el que prohíbe el adulterio (cfr. Mt 19, 3-9), se encuentra en situación objetiva de pecado grave habitual (cfr. Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, Declaración del 24 de junio del 2000)?
Después de las afirmaciones de «Amoris laetitia» n. 302 sobre las «circunstancias que atenúan la responsabilidad moral», ¿se debe considerar todavía válida la enseñanza de la encíclica de San Juan Pablo II, «Veritatis splendor» n. 81, fundamentada en la Sagrada Escritura y en la Tradición de la Iglesia, según la cual: «las circunstancias o las intenciones nunca podrán transformar un acto intrínsecamente deshonesto por su objeto en un acto subjetivamente honesto o justificable como elección»?
Después de «Amoris laetitia» n. 303, ¿se debe considerar todavía válida la enseñanza de la encíclica de San Juan Pablo II, «Veritatis splendor» n. 56, fundamentada en la Sagrada Escritura y en la Tradición de la Iglesia, que excluye una interpretación creativa del papel de la conciencia y afirma que ésta nunca está autorizada para legitimar excepciones a las normas morales absolutas que prohíben acciones intrínsecamente malas por su objeto?
Nota: Título del post e introducción de CATOLICIDAD.
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