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CUANDO LA PRAXIS DE LA IGLESIA SE FUNDAMENTA EN LA DOCTRINA NO PUEDE CAMBIARSE SIN TRAICIONAR A ÉSTA. EL NUEVO DOCUMENTO PASTORAL DEL 18 DE DICIEMBRE DE 2023 NO ES INFALIBLE Y ES TOTALMENTE MODERNISTA.

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El católico debe mantenerse siempre fiel a la Iglesia Católica y resistir los errores de los hombres, aunque éstos sean fallos de la jerarquía que incurre en ellos. 

Aquí aplica el principio evangélico fundamental de "obedecer a Dios antes que a los hombres".

La Congregación para la Doctrina de la Fe (antes de estar en manos de un radical modernista que quiere modificar lo que siempre y en todas partes ha enseñado la Iglesia) ya había explicado la verdadera práxis y la verdadera doctrina en que se fundamenta aquella, y que por lo mismo no puede modificarse sin traicionar a la misma.

Veamos lo enseñado por esta Congregación romana en febrero de 2021 y que mantiene todo su valor y toda su vigencia aunque se intente contradecir en un documento (pastoral) no infalible que pretende inútilmente echar abajo la enseñanza de la Iglesia, pues carece de valor al ser contrario a la enseñanza perenne:

"Al género de los sacramentales pertenecen las bendiciones, con las cuales la Iglesia «invita a los hombres a alabar a Dios, los anima a pedir su protección, los exhorta a hacerse dignos, con la santidad de vida, de su misericordia»[4]. Ellas, además, «instituidas imitando en cierto modo a los sacramentos, significan siempre unos efectos, sobre todo de carácter espiritual, pero que se alcanzan gracias a la impetración de la Iglesia»[5].
En consecuencia, para ser coherentes con la naturaleza de los sacramentales, cuando se invoca una bendición sobre algunas relaciones humanas se necesita – más allá de la recta intención de aquellos que participan – que aquello que se bendice esté objetiva y positivamente ordenado a recibir y expresar la gracia, en función de los designios de Dios inscritos en la Creación y revelados plenamente por Cristo Señor. Por tanto, son compatibles con la esencia de la bendición impartida por la Iglesia solo aquellas realidades que están de por sí ordenadas a servir a estos designios.

Por este motivo, no es lícito impartir una bendición a relaciones, o a parejas incluso estables, que implican una praxis sexual fuera del matrimonio (es decir, fuera de la unión indisoluble de un hombre y una mujer abierta, por sí misma, a la transmisión de la vida), como es el caso de las uniones entre personas del mismo sexo[6]." 

Responsum de la Congregación para la Doctrina de la Fe a un dubiu sobre las bendiciones de las uniones de personas del mismo sexo. 

Febrero de 2021.


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