- ESTE FALLO SÓLO SE APLICARÁ EN UN MUNICIPIO
- PODRÁ REPONERSE EL PROCEDIMIENTO A FAVOR DE LA REFORMA POR LA VIDA
- EN GUANAJUATO TRIUNFA LA VIDA
Lamentablemente la Suprema Corte de Justicia de la Nación acaba de invalidar la reforma constitucional de 2009 que protegía la vida desde la concepción en el estado de Querétaro. Resolvió por mayoría (ocho a tres) admitir la controversia constitucional que presentó el municipio de Arroyo Seco en contra de la ley aprobada por el Congreso de Querétaro alegando violaciones en el proceso legislativo. La invalidez de la reforma, tendrá efectos solamente en Arroyo Seco, un municipio de 731 kms, uno de los más pequeños y menos poblados. El fallo se debe no a razones de fondo sino a que sólo 2 de los 18 municipios habían votado a favor de la reforma a favor de la protección de la vida cuando fue publicada en septiembre, por lo que el Congreso de Querétaro tiene la facultad de reponer el procedimiento legislativo a partir de la etapa de consulta -entre los municipios- del dictamen aprobado por la Comisión de Puntos Constitucionales.
Recientemente el Episcopado Mexicano se había dirigido a la SCJN señalando que “el derecho a la vida no depende de la calidad moral de quien lo defiende, ni se basa exclusivamente en motivos religiosos, los cuales, también tienen lugar en un auténtico estado laico” para, a renglón seguido, recordarles que “la ciencia, a través de la genética moderna, demuestra que en el momento de la fecundación surge una célula (cigoto) con su propio código genético, que en el caso de la especie humana es específicamente humano… y contiene toda la información para irse desarrollando a lo largo de una serie sucesiva de etapas”.
Recientemente el Episcopado Mexicano se había dirigido a la SCJN señalando que “el derecho a la vida no depende de la calidad moral de quien lo defiende, ni se basa exclusivamente en motivos religiosos, los cuales, también tienen lugar en un auténtico estado laico” para, a renglón seguido, recordarles que “la ciencia, a través de la genética moderna, demuestra que en el momento de la fecundación surge una célula (cigoto) con su propio código genético, que en el caso de la especie humana es específicamente humano… y contiene toda la información para irse desarrollando a lo largo de una serie sucesiva de etapas”.
Por su parte, el pleno del ayuntamiento de Uriangato, Guanajuato, aprobó por mayoría el desistimiento de controversia constitucional en la SCJN que impugnaba el derecho a la vida desde la concepción establecido en el artículo 1 de la Carta Magna de ese estado. El recurso de desistimiento se aprobó por nueve votos a favor y tres en contra, con lo que Uriangato se establece como un municipio respetuoso de las leyes estatales y, sobre todo, de la vida del ser humano. ¡Enhorabuena!